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Condiciones generales del contrato

 

1. Legitimación

El arrendatario y el conductor autorizado por el contrato aseguran poseer un permiso de conducción válido y en vigor para el vehículo arrendado, liberando plenamente al arrendador de la obligación de comprobar tales extremos. El permiso de conducir deberá ser presentado si así fuera requerido. Si el vehícuYo fuese conducido por una persona no autorizada, o bajo los efectos del alcohol, las drogas o cualquier otro tipo de sustancias que afecten a la capacidad de conducir, la responsabilidad será del arrendatario.
El vehículo arrendado sólo podrá ser utilizado para el transporte de personas en la isla en la que se efectuó la entrega y sólo en vías públicas de adecuadas a la capacidad del vehículo. El arrendatario estará obligado a llevar siempre consigo el contrato de arrendamiento como justificante de su legitimación.


2. Entrega

El Arrendador hará entrega del vehículo completo, con sus accesorios, en perfecto estado técnico y en el estado óptico descrito. Cualquier defecto detectado, no mencionado previamente en el contrato, habrá de ser comunicado inmediatamente al arrendador.


3. Devolución


Conforme a lo estipulado en el contrato, el arrendatario se comprometerá a la devolución del vehículo en perfecto estado, en el lugar y fecha acordados y durante las horas de oficina. El arrendatario no tendrá derecho a prolongar el contrato, salvo que el arrendador dé por escrito su consentimiento para la prolongación. El vehículo habrá de ser devuelto durante las horas de oficina en uno de nuestros centros de alquiler. El precio del alquiler deberá pagarse por adelantado según la tarifa local válida. Si la devolución se retrasara más de una hora, el arrendatario deberá pagar como indemnización por uso un día más de alquiler. El arrendatario será libre de probar que se trate de un daño menor. El arrendatario deberá correr con los gastos debidamente justificados de recuperación del vehículo, gastos por multas o penalizaciones, independientemente de si han sido ocasionadas por el conductor o si existe culpabilidad demostrada, gastos por reemplazo de accesorios (triángulo de seguridad, herramientas del coche, llaves) y otros gastos ocasionados al arrendador.


4. Seguro

El contrato de alquiler del vehículo incluirá seguro de responsabilidad civil (50 millones de € / 8 millones por cada persona asegurada), así como seguro a todo riesgo, seguro contra robos y seguro de pasajeros, según se hayan concertado previamente en el contrato. En caso de daños el arrendador eximirá al arrendatario de responsabilidades por daños del vehículo o robo según las directrices del seguro a todo riesgo y del seguro de robo, con excepción de la participación propia acordada en la póliza. El importe de participación propia en el seguro a todo riesgo y en el seguro contra robos podrá reducirse pagando una tasa adicional (Super CDW- Collision Damage Waiver). Los daños ocasionados en los neumáticos, llantas y en cualquier parte del subsuelo del coche que no estén relacionados con un accidente no quedarán cubiertos por el seguro a todo riesgo (ni siquiera con Super CDW). Si tras un daño el coche ya no funcionase más, el arrendador hará lo posible por poner, según disponibilidad, un coche de repuesto a disposición del arrendatario. En caso de una infracción de las obligaciones contractuales establecidas en los puntos 1, 5, 6, y 7 de estas condiciones, el arrendatario se hará plenamente responsable de todos los daños.


5. Daños

El arrendatario se comprometerá a avisar inmediatamente al arrendador y a la policía de cualquier daño o pérdida ocasionados y de entregar al arrendatario un formulario de daños completamente cumplimentado. Si el arrendatario no se atiene a estas obligaciones, tendrá que rembolsar al arrendador los costes por los daños ocasionados.


6. Deberes de Diligencia del arrendatario

El arrendatario se obliga a usar el vehículo arrendado con la diligencia y cuidado debidos. Si el arrendatario contraviniese estas obligaciones, deberá indemnizar al arrendador por todos los perjuicios que éste pueda probar que han sido causados por este incumplimiento negligente.


7. Responsabilidad del arrendatario

El arrendatario deberá indemnizar al arrendador por todos los daños producidos en el vehículo de forma intencionada o por el incumplimiento de los deberes de diligencia. Deberá indemnizar por los gastos de reparación y, en su caso, por la disminución del valor sufrido; cuando se trate de un siniestro total, el coste de la adquisición de un vehículo similar descontando el valor residual; cuando se haya producido un robo, el coste de adquisición de un vehículo similar. El arrendatario también responderá por todos los gastos ocasionados como por ejemplo gastos de peritaje, de grúa, de administración y el lucro cesante por el no arrendamiento, sin perjuicio del derecho del arrendatario a probar que los gastos derivados o el lucro cesante por el no arrendamiento fueron inferiores.


8. Responsabilidad del arrendador

La responsabilidad del arrendador por los perjuicios causados con ocasión de la presente relación contractual quedará limitada a los casos en que haya mediado dolo o imprudencia grave, salvo que se trate de lesiones corporales. Excepcionalmente, el arrendador también responderá por el incumplimiento negligente de las obligaciones contractuales esenciales, pero sólo hasta el importe del daño previsible del propio contrato.


9. Combustible

A la entrega del vehículo el arrendatario tendrá que rendir una fianza de 60 €, en efectivo o mediante tarjeta de crédito. El combustible no estará incluido en el precio de alquiler del vehículo. El arrendatario se comprometerá a devolver el vehículo con la misma cantidad de combustible que éste tuviese en el momento de recibirlo. En caso de la devolución del vehículo con mayor cantidad de combustible de lo acordado como necesario, no se efectuará ningún reembolso de costes. Si se efectúa la devolución del vehículo con menor cantidad de combustible a lo establecido, se descontará el importe por el combustible restante del dinero de la fianza, efectuándose un cargo adicional de servicios de 15 €. El importe restante de la fianza será reembolsado al arrendatario.


10. Condiciones Generales

El arrendatario autoriza al arrendador a cargar en su tarjeta de crédito los importes correspondientes a las obligaciones que resulten del presente contrato de arrendamiento, más una cuantía adicional por gastos de gestión (17,50 €). Se someterá a la jurisdicción de las Islas Baleares o según elección del arrendador el domicilio del arrendatario. La ineficacia de alguna de las disposiciones del presente contrato no afectará a la eficacia de las demás disposiciones contractuales. Las modificaciones y los complementos del presente contrato deberán respetar la forma escrita. Esto último también será de aplicación a la presente cláusula de pacto de forma escrita.